martes, 9 de agosto de 2016

XXXIII. INTERÉS PÚBLICO, ÓRDEN PÚBLICO E INTERÉS GENERAL

"Interés público" es todo aquello que según el Gobierno y la Administración sea de interés para el común de los ciudadanos de un país, engloba todo, desde la economía a la cultura. También se aplica a determinados bienes que por interés histórico o cultural están especialmente protegidos. 


"Orden público" es el que garantizan las fuerzas de seguridad del Estado: ejército, policía.Es un derecho la protección del mismo para los ciudadanos y un deber del Estado proporcionarlo. 




"Interés general" es denominación de un concepto esencial de las ciencias políticas, con muy distintas expresiones (res publica, commonwealth, "procomún", etc.), pero siempre identificable con el bien común de la sociedad entera, entendida como un cuerpo social, y no tanto con el interés del Estado en sí mismo (razón de Estado).

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